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Panamá: Propuesta de CONUSI

Ante la mesa tripartita del diálogo por la economía y desarrollo laboral











PROPUESTA DE CONUSI

ANTE LA MESA TRIPARTITA DEL DIÁLOGO POR LA ECONOMÍA Y DESARROLLO LABORAL


INTRODUCCIÓN


Durante la emergencia sanitaria, por la pandemia COVID -19, el Gobierno Nacional ha implementado medidas que atentan contra los derechos de la mayoría de los ciudadanos.  Así lo demuestran las políticas adoptadas en el orden social, económico, sanitario y laboral.

La Confederación Nacional de Unidad Sindical Independiente (CONUSI) presenta su visión y su propuesta para que la mesa tripartita analice, discuta y adopte una política coherente durante la actual crisis de salud, que incluya la etapa post pandemia.

Para CONUSI, la actual situación socioeconómica, de trabajo y empleo se agrava con la pandemia del COVID-19, sobre todo, si analizamos las medidas adoptadas por el Órgano Ejecutivo en materia normativa.  Se agrava cuando observamos el papel de la empresa privada en cuanto a las relaciones laborales.

La CONUSI, considera que un diálogo social tripartito, debe tener resultados efectivos, que las partes negocien de buena fe y que exista la obligación de cumplir los acuerdos, como la vía adecuada para que el capital y el trabajo puedan enfrentar esta nueva realidad, buscando sobre todo poner por encima los intereses de las mayorías que en este caso son los trabajadores la parte más débil o en desventaja.

Históricamente se ha demostrado que las crisis del sistema capitalista la han cargado los trabajadores en sus hombros ya que son a quienes les han recortado sus derechos mínimos; por lo tanto, en la actual circunstancia esto no debe repetirse,  por lo que es prioridad para todos que se preserven las plazas de empleo a través del respeto de los derechos colectivos e individuales reconocidos a favor de los trabajadores, todo esto bajo el concepto del trabajo decente.

I.    ANTECEDENTES

1.    LA SITUACIÓN SOCIO LABORAL DE LOS TRABAJADORES ANTES DEL COVID-19

A nivel mundial, la situación de desigualdad social ya era alarmante antes de conocer la existencia del COVID 19. 

Al finalizar el 2019 ya se estimaba que habría un aumento en los niveles de pobreza de América Latina, unos 191 millones de personas en la región, el 31% de la población de 33 países.  También se venía, desde años antes con indicadores de decrecimiento en la economía, proyectándose que ésta estaría disminuyendo aún más de lo previsto antes de la aparición de la pandemia.

Según CEPAL (2020)   “El desempeño económico de la economía mundial ya era débil antes de la pandemia del COVID-19”: “Ya antes de la pandemia, las previsiones de crecimiento del PIB mundial para 2020 se habían revisado a la baja”.

Panamá no escapaba a esa realidad antes de marzo del 2020.  Pese a lo niveles de crecimiento experimentados en años recientes (2010-2014), la riqueza producida no se distribuye de forma equitativa.  Un 56.1%, según registros de la Contraloría General de la República (CGR) para el año 2018, es apropiado por los propietarios de empresas y apenas un 25% corresponde a remuneraciones de asalariados. 

El sostenimiento del Estado descansa de manera significativa sobre los ingresos de los asalariados, principalmente de ingresos medios para impuesto sobre la renta y de todos los contribuyentes en el caso de los impuestos indirectos, aquellos que son trasladados al consumidor/comprador final (sea este asalariado o no).  Por cada balboa recaudado, en el año 2017, en concepto de impuestos, 47 centavos provenían de impuestos indirectos y de éstos el ITBMS representaba un 57%.

El crecimiento económico se encuentra concentrado en pocas actividades económicas, región y manos. Se sustenta en macroproyectos, especulación inmobiliaria, venta del patrimonio nacional, control financiero de las grandes corporaciones, que expresan la consolidación de monopolios y oligopolios. Nuestro país se caracteriza por una economía rentista a favor de los 115 ultra millonarios que destruyen los sectores productivos (agro e industria).

Los niveles de pobreza afectan a una cantidad importante de la población residente, independientemente del cambio de metodología para determinarla y pese a las transferencias condicionadas que la población que paga impuestos otorga a los pobres que califican para los denominados subsidios. También se incluyen los subsidios que los trabajadores y contribuyentes pagan a empresas, a través de instituciones del Sector Público, para evitar que aumenten los precios de energía eléctrica, gas, combustible, subsidio a la educación privada, entre otros.

La precariedad laboral ya era evidente antes de la pandemia.  El desempleo abierto, después de llegar a 4.1% en 2012-2013, comenzó a aumentar de manera importante hasta representar el 7.1% de la Población Económicamente Activa, en agosto del 2019.  Esto sin considerar el nivel de informalidad que afectaba al 45% de la PEA en ese mismo período, justo antes de la crisis provocada por la pandemia.

Problemas estructurales, asociados al modelo económico impuesto acompañan la vida de la mayoría de los panameños desde hace varias décadas.  Uno de estos problemas está vinculado a la informalidad del empleo. Son 716,113 personas que a agosto del 2019 se dedicaban a alguna ocupación denominada informal en actividades no agrícolas, el 79% considerados cuenta-propistas o independientes; el 65% de ellas involucradas en actividades que no se relacionan con el denominado “emprendedurismo”, según un estudio reciente .  Se trata de vendedores ambulantes, conductores de taxi, actividades de construcción, entre otras.

Pero, además, dentro de la informalidad no agrícola se incluye una cifra, para nada desdeñable (14% aproximadamente entre 2018-2019), que revela otra característica del empleo disfrazado en este país y es que en empresas constituidas como formales también aparecen registros de trabajadores informales, lo que se conoce como informalidad en la formalidad, representado en contrataciones por servicios profesionales.  En la mayoría de los casos, aun cuando se trate de trabajadores que están sometidos a las mismas condiciones de los trabajadores formales (horario, jornada, etc.), no están recibiendo los beneficios y derechos con que les podría amparar el Código de Trabajo.  La mayoría de este grupo (informales de empresas formales) se concentra en ocupaciones de profesionales, científicos, vendedores de servicios y de mercado.

Para profundizar la precariedad laboral de la mayoría de los trabajadores del país, en enero del 2020 comenzó a regir el ajuste de salario mínimo más bajo de la historia (1.1%, 3% y 8%), que no permite cubrir el costo de la canasta básica ampliada (familia de 4 personas), pese a que las proyecciones de crecimiento económico para la economía panameña era superior al promedio de América Latina.  No obstante, también se consideraba el país con más baja percepción empresarial de generación de empleo.  Más del 39% de los trabajadores asalariados devengan salario mínimo. 

En Panamá existen más de 37 salarios mínimos, muchos de los cuales no logran cubrir el costo de la canasta básica de alimentos, mientras que ningún salario mínimo cubre el costo de la canasta de alimentos y otras necesidades básicas (vivienda, agua potable, luz, telefonía, educación, salud, vestido, entre otros).  Pese al constante incremento de los precios, la tendencia de ajuste del salario mínimo (2006-2019) presenta un comportamiento descendente. Todo ello, sin considerar que Panamá a nivel mundial es catalogada como la veinteava ciudad más cara. La Constitución y el Código de Trabajo establecen que “Todo trabajador tiene derecho a percibir un salario mínimo que cubra las necesidades básicas de él y su familia”, precepto que está siendo violado.

El nivel de los salarios enfrenta un franco deterioro (pérdida de poder adquisitivo). Tal como señala la OIT, el crecimiento económico se sustenta en la precariedad laboral (informalidad, inestabilidad, menores ingresos, menor accesibilidad a prestaciones y beneficios sociales, falta de garantía en las condiciones laborales, entre otras).

A los funcionarios públicos, que para el año 2018 sumaban 267,084 personas, según registros de la CGR, se le desconocen derechos consignados en el Código de Trabajo, pese a la existencia de la Ley de Carrera Administrativa y sus derechos como trabajadores.  Además de estar expuestos a despidos por cambio de gobierno, son sometidos a adaptarse a las directrices de las nuevas administraciones cada cinco años, sin reconocer su experiencia previa, soportando la imposición de nuevos jefes como resultado de los “compromisos” entre partidos políticos y grupos de poder económico donantes de las campañas.  El salario promedio de los funcionarios públicos sigue siendo inferior al del sector privado, indicador que está fuertemente influenciado por los salarios exorbitantes de nombramientos nuevos, de empleados “de confianza”, de consultores, asesores y toda suerte de cargos públicos cuya procedencia y funciones han sido fuertemente cuestionadas por la población a través de distintos medios.

Antes de la pandemia, los problemas estructurales también se expresaban en un creciente desmantelamiento de lo público a nivel de educación, salud, seguridad social, acceso al agua potable.  Se aprobó en los últimos meses del 2019 la fórmula de Asociación Público Privada (APP), bajo la cual se pretendía ejecutar 17 proyectos y ahora, con el argumento de reactivación económica, se amplía en cantidad de proyectos y monto de dinero destinado a los mismos, pasando de 2,000 a 10,000 millones como ha sido expresado por los voceros gubernamentales. Es evidente que al profundizar el deterioro de lo público se busca justificar las privatizaciones de activos públicos.

El nivel de endeudamiento del Estado no ha dejado de crecer (31,018 millones de dólares al finalizar el 2019), situación que no se justifica dado el nivel de necesidades que confronta la mayoría de la población. En medio del COVID-19, se ha incrementado vertiginosamente, sin que signifique un apoyo económico a la población, que clama cuarentena sin hambre.

En términos de pobreza/desigualdad, el 19.0% de la población panameña padece el flagelo de la pobreza multidimensional.  Unos 400 mil panameños sufren de hambre y mal nutrición. Panamá se sitúa, según la CEPAL, como el segundo país con peor distribución de la riqueza en América Latina, y según el índice Gini nos encontramos dentro de los 20 países de peor distribución de la misma en el mundo. Ocupamos el sexto lugar a nivel mundial. El GINI pasó de 0.52 en el 2010 a 0.50 en el 2018, lo que significa que el crecimiento económico no impactó positivamente en la distribución de la riqueza.

El 20% de la población controla el 56% de los ingresos nacionales y el 10% más pobre el 3.3% de los ingresos. En términos de deciles, los que se ubican en el decil más alto (D.10) concentran el 37.7% de la riqueza, mientras que los que están en el más bajo (D.1) obtienen el 1%.

A pesar del crecimiento económico, la mayor riqueza producida en el país no ha significado una mayor proporción del PIB a los asalariados.  La desigualdad se manifiesta en la proporción de la riqueza producida entre remuneraciones y ganancias (excedente de explotación), la desigualdad del ingreso personal y la desigualdad del ingreso territorial.

La distribución entre trabajadores y capitalistas de la riqueza ha tenido una evolución favorable al capital en las últimas décadas, confirmando y consolidando esta tendencia. Es decir, los obreros que producen las riquezas de la nación reciben cada vez menos de ella: en el año 2018, sólo el 25.5% del PIB correspondía a remuneraciones de los asalariados y 56.1% a excedente de explotación o ganancias del capital.

Así se encontraba la situación socio económica para los trabajadores panameños antes de la pandemia, por lo que el panorama en medio de la coyuntura COVID-19 y en la reapertura de actividades económicas, se proyecta mucho más precario.

1.    LA SITUACIÓN JURIDICA DE LOS TRABAJADORES ANTES DEL COVID-19

En materia jurídico laboral, antes de la crisis sanitaria producto de COVID 19, manteníamos escenarios dirigidos a una precariedad del mercado laboral, a saber:
●    Violación sistemática del derecho de sindicalización, criminalización de la protesta social, persecución y represión a la dirigencia sindical.
●    Violación de las normas de salud y seguridad ocupacional. Incumplimiento de los patronos y la falta de supervisión del MITRADEL de las normas de salud y seguridad ocupacional.
●    Aumento en la tercerización de servicios, siendo una política que lesiona las condiciones laborales de los trabajadores.
●    Prácticas desleales contra el sindicalismo y los trabajadores por parte de la patronal.
●    Discriminación que viven las mujeres y los jóvenes, negros e indígenas en el mercado laboral.
●    Incremento del marco de violación de los derechos humanos y sindicales.
●    Los trabajadores que no tienen ingreso regular.
●    Más de 400 mil trabajadores devengan salarios menores a 600 balboas y de estos 185 mil ganan menos de 250 balboas al mes. En el sector público unos 20 mil funcionarios devengan menos de B/. 400 balboas mensuales.
●    Se estima que poco más del 50% de la población de 15 y más años ocupada posee seguro social directo. Sin embargo, las autoridades gubernamentales y de la CSS propician la moratoria de las cuotas a la seguridad social de los trabajadores a la patronal, lesionando los recursos de la CSS y por ende las prestaciones a los asegurados y sus beneficiarios.
●    El trabajo infantil sigue siendo enmascarado en las cifras oficiales, registrando menos de 30 mil niños trabajan en el país.
●    La precariedad laboral agravada con el tráfico de seres humanos y la contratación de mano de obra barata extranjera sin ningún tipo de derecho.

La clase trabajadora, ha tenido que recurrir a la presentación de denuncias contra las violaciones a los derechos laborales por parte de la patronal y el MITRADEL, lo que los han llevado a escenarios incluso fuera de las fronteras nacionales, al tener que imponer demandas en el seno de la OIT y de la Comisión Internacional de Derechos Humanos, por lo cual Panamá fue incluido por la OIT en la lista de los 25 países donde más se violan las libertades sindicales en el mundo.

2.    LA SITUACIÓN DE SALUD Y SEGURIDAD LABORAL ANTES DEL COVID-19

El mundo ha sido testigo de varios brotes de enfermedades infecciosas en los últimos dos decenios.  En estos momentos enfrentamos la pandemia mundial del COVID-19 que conlleva grandes desafíos para combatir y mitigar la misma, por lo que es primordial garantizar la salud y seguridad del trabajo.

En junio de 2019, en la Declaración del Centenario de la OIT, se declaró que las condiciones de trabajo seguras y saludables son fundamentales para el trabajo decente. Panamá no ha ratificado los convenios 155 de 1981 sobre seguridad y salud de los trabajadores y el 187 del 2006 sobre el marco promocional para la salud y seguridad en el trabajo, lo que conlleva a que exista la necesidad de establecer regulaciones para los afectados post Covid-19 como una enfermedad o riesgo profesional.

Esta pandemia afecta al mundo del trabajo ya que existirá mayor desempleo y subempleo, habrá desmejoramiento en materia de seguridad y salud en el trabajo, acceso reducido a la protección social y habrá efectos negativos para los grupos que son considerados como vulnerables.

La salud y seguridad ocupacional en Panamá ha sido un tema deficiente a lo largo de los años, por eso a raíz de la pandemia mundial covid-19 se ve la necesidad de prestar mayor atención a esta área por las entidades reguladoras como el MINSA, MITRADEL Y CSS.

II.    SITUACIÓN EN EL MARCO DEL COVID-19

1-    EN LO SOCIAL

Se proyecta un crecimiento negativo de la economía (-2%), lo que no constituye un comportamiento homogéneo de las actividades económicas.

Con el Decreto Ejecutivo 81, que permite la suspensión de contratos, al 10 de mayo del 2020 se registraron 170,562 contratos suspendidos que se corresponden a 10,512 empresas. Esto es lo registrado, la cifra puede ser mayor. Por su parte, el sector público ha anunciado el congelamiento de 10,240 contratos. La tasa de desocupación prácticamente se está triplicando.

La pérdida de puestos de trabajo en sectores específicos tendrá un marcado impacto en el mercado laboral. El mantenimiento de operaciones será especialmente difícil para las micro, pequeñas y medianas empresas. En las actividades informales, el efecto será significativo, pues se fundamentan, principalmente, en contactos interpersonales.

La precariedad laboral va a aumentar, pese a que no todas las empresas dejen de percibir ganancias. El aumento del desempleo genera presión a la informalidad laboral y a la reducción de prestaciones sociales, incluyendo los salarios. Aunado a la presión empresarial por aumentar migraciones laborales “talento extranjero”, a fin de abaratar más el costo de la fuerza de trabajo.

En materia salarial, la reducción incrementa la pérdida del poder de compra, sobre todo cuando los precios están al alza. Algunos empresarios han aprovechado la situación para especular y alzar los precios de productos y artículos de primera necesidad.

Con ello, aumento de la pobreza y extrema pobreza, incluyendo afectación a los profesionales y capas medias.

Desde el inicio de las medidas de cuarentena, la prometida ayuda gubernamental no llega a muchas comunidades del país, lo que ha obligado a gran cantidad de la población a abandonar sus casas y a salir a las calles para exigir sus derechos, con todos los peligros que ello significa en cuanto a la exposición al virus. Las bolsas de comida, los vales y bonos han resultado insuficientes para garantizarle a una familia de cuatro miembros sus requerimientos de alimentación, medicinas y otros gastos fundamentales.

El coronavirus ha afectado el número de empleos (aumento del desempleo y el subempleo), la calidad del trabajo (reducción de salarios y menor acceso a la protección social) y a los grupos más vulnerables, como los trabajadores en el sector informal.

También, el teletrabajo implementado en medio del coronavirus, el cual no está reglamentado, ha conducido a intensificar el trabajo (jornadas superiores a las 8 horas), además, que gran parte del costo operativo sea trasladado a los trabajadores, que asumen la carga de crear los espacios físicos en su residencia, proveer de la herramienta tecnológica (computadora, teléfono móvil, tabletas, etc.), la energía eléctrica (cuya tarifa se ha duplicado y triplicado según denuncias públicas), el costo de la “data-internet”. 

A ello se suma el hecho que los gobiernos están llevando a cabo medidas sobre la base de procesos de prueba y error, no solo en lo sanitario sino también en lo sociolaboral, generando que la crisis no solo es sanitaria, sino que está adquiriendo elementos de crisis económica. social, laboral y política.

A pesar de las precariedades que viven los trabajadores y su familia, el sector empresarial utiliza el COVID-19 como justificación para flexibilizar el régimen laboral (Reforma al Código de Trabajo). Pero además recordar que es un planteamiento de antes, igual que las pretendidas reformas a la seguridad social - CSS (Dividir la Caja, aumento de edad de jubilación, cuotas, densidad, etc.).

2-    EN LO JURÍDICO

La situación de los derechos de los trabajadores, antes del COVID 19, ya estaba en crisis, donde imperaba el aumento de trabajadores en el sector informal, aumento de desempleo, violación a la libertad sindical, negoción de Convenios Colectivos y al ejercicio legítimo del derecho a huelga.

La relación jurídica entre el empleador y el trabajador está regida por principios y normas muy diferentes a las que rigen otras ramas del derecho.  Parte de la premisa fundamental de que, en la relación laboral, el trabajador se encuentra en situación de subordinación frente al empleador, y por tanto en desventaja. Nuestra Constitucional Nacional, documento de supremacía jurídica en nuestro país, consagra en el Capítulo 3° denominado EL TRABAJO, artículo 64, lo siguiente:

“ARTICULO 64. El trabajo es un derecho y un deber del individuo, y por lo tanto es una obligación del Estado elaborar políticas económicas encaminadas a promover el pleno empleo y asegurar a todo trabajador las condiciones necesarias a una existencia decorosa”.

Nuestra Carta Magna, sigue estipulando en su ARTICULO 79. “Los derechos y garantías establecidos en este Capítulo serán considerados como mínimos a favor de los trabajadores”.

Teniendo en cuenta este principio como eje central de nuestra legislación en materia laboral, observamos que, desde el 13 de marzo de 2020, cuando se decretó mediante la Resolución de Gabinete No. 11 de 13 de marzo de 2020, el Estado de Emergencia Nacional como consecuencia de los efectos generados por la enfermedad infecciosa COVID-19, las medidas de carácter laboral se han adoptado a través de Decretos Ejecutivos y Resoluciones Ministeriales, que no han sido producto de una discusión tripartida, sino de decisiones unilaterales del Ejecutivo, algunas de estas disposiciones contrarían la Constitución Política y las leyes como el Código de Trabajo y convenios colectivos vigentes, estas medidas han tenido efectos negativos en la población, no solo a los trabajares formales sino a la gran cantidad de trabajadores que están afectados por el trabajo informal.

Estas normas se caracterizan por su debilidad e insuficiencia jurídicas y en otros casos mantienen incongruencia unas con otras y han demostrado, en su ejecución, que en nada han contribuido a enfrentar los problemas generados por la actual crisis, sino que se convierte en un instrumento catalizador de explosión social.

Recordar, además, que el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, a través de la Resolución No. DM-150-2020 del 27 de abril de 2020, convoco una Mesa Tripartita de Dialogo por la Economía y el Desarrollo Laboral, y esboza dentro sus considerandos lo siguiente: “Que la Comisión Tripartita de dialogo existente en nuestro país, auspiciada por la Organización Internacional del Trabajo, considero prudente que el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, convocara esta mesa de dialogo por la economía y el desarrollo de las relaciones de trabajo, con el fin de arribar a medidas consensuadas que permitan recuperar gradualmente las condiciones laborales existentes al momento que COVID 19 llego a nuestro país”

De igual manera, la referida Resolución señala en su artículo tercero, que esa mesa de diálogo debe acordar lineamientos para ejecutar acciones de carácter laboral en los siguientes seis meses como mínimo, y/o recomendaciones a las autoridades en el mismo sentido.

Posterior a la conformación de esta mesa de dialogo, el gobierno nacional, ha impartido medidas y políticas, en sentido incongruentes, con la razón de ser de la mesa de dialogo, como lo son:

•    Ministerio de Salud, dicta la Resolución 405 del 11 de mayo de 2020, que adopta “Lineamientos para el retorno a la normalidad de las empresas post – COVID -19 en Panamá”
•    Ministerio de Comercio e Industria, ordena la apertura gradual de la economía, y comunica que el 13 de mayo de 2020 se inicia con esta apertura a las actividades contempladas en el bloque No. 1.
•    Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, emite el Decreto Ejecutivo No. 96 de 15 de mayo de 2020, por el cual establece un proceso laboral especial temporal para la reapertura gradual de las empresas.

En lo referente al Decreto Ejecutivo No. 96 de 15 de mayo de 2020, es nefasto para los trabajadores, de su contenido se desprende, que le da la potestad al sector empresarial de despedir a los trabajadores cuyos efectos de sus contratos de trabajo han estado suspendido,  al señalar que la empresa enviara al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, listado de los trabajadores reintegrados, es decir, que las empresas escogerán quienes vuelven a sus trabajos y quienes no, violando el Decreto Ejecutivo No. 81 del 20 de marzo de 2020, donde se indica que se garantizara  la conservación de los puestos de trabajo.

Otro precepto contradictorio entre el Decreto 96 y el Decreto 81, lo constituye la probabilidad de acuerdo en reducción de jornada de trabajo, posibilidad abierta en el Decreto 96, cuando en el Decreto 81 claramente se establece que todos los trabajadores retornaran a sus puestos de trabajo.

Específicamente el artículo 10 del Decreto 81, estipula que los trabajadores retornaran a sus puestos de trabajo, en las mismas condiciones establecidas en sus contratos de trabajo y que se considerara despido injustificado, el impedimento por parte del empleador, del retorno del trabajador a su puesto de trabajo.

Resulta evidente que estas regulaciones, dictadas luego de instalada la mesa de dialogo, se constituyen en elementos que presuponen un fracaso al dialogo convocado, toda vez que señalan la hoja de ruta, ya discutida y aprobada, sin considerar o valorar las propuestas que surjan de los sectores sociales.

Igualmente, las actuales regulaciones, en materia laboral, han traído más efectos negativos para los trabajadores:

•    Trabajadores enviados a sus casas, sin que la empresa haya solicitado la suspensión de sus contratos, quienes no reciben los salarios correspondientes, y tampoco la ayuda social del Estado.
•    Trabajadores con efectos suspendidos de sus contratos, que no reciben el bono solidario.
•    Trabajadores que se les redujo de manera unilateral la jornada laboral, sin notificación a los sindicatos y violentando el precepto de voluntariedad entre las partes, tal y como lo establece el Código de Trabajo y el Decreto Ejecutivo No. 71 del 13 de marzo de 2020.
•    Mutuos acuerdos con montos muy por debajo de las prestaciones que les corresponden a los trabajadores, violando el numeral 1 del artículo 210 del Código de Trabajo, al establecer: “La relación de trabajo termina por mutuo consentimiento, siempre que conste por escrito y no implique renuncia de derechos”.
•    Se suspende en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, su facultad jurisdiccional, al igual que los términos judiciales, incluyendo a los Juzgados Seccionales de Trabajo.
•    Se prorroga, de manera automática, la suspensión de los contratos de trabajo.
•    Se permite la reducción de jornadas y, consecuentemente, el salario sin que los sindicatos intervengan en esta imposición.
•    Trabajadores a los que se les ha reducido los salarios, por ejemplo, en las televisoras (TVN-MEDCOM), o se les paga con bonos (RCM).

Por su parte, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL), en el desempeño de sus funciones, en medio de la crisis sanitaria, ha implementado una serie de plataformas tecnológicas que no han resultado efectivas como medio garantista para los derechos de los trabajadores.

Una Dirección de Inspecciones con actuaciones casi nulas, trámites de suspensión de los efectos de los contratos (bajo el Decreto Ejecutivo No. 81 del 20 de marzo de 2020) que han sido aprobados bajo la modalidad del silencio administrativo y sin la debida notificación al Sindicato, lo que constituye una violación al debido proceso, tal cual está consignado en el Código de Trabajo y en el mismo Decreto Ejecutivo No. 81, artículo 6.

La suspensión de la actividad del Ministerio de Trabajo ha implicado que los sindicatos no puedan presentar pliegos de peticiones por violación al Código de Trabajo o al Convenio Colectivo.  Esto vulnera el derecho de negociación colectiva y, consecuentemente, el ejercicio del derecho a huelga.

La Dirección Nacional de Inspección no ha controlado, ni regulado efectivamente que las empresas, en conjunto con los sindicatos, hayan constituido los Comités de Salud contra el COVID-19.

Por otra parte, para la CONUSI es preocupante que la política de trabajo del sector empresarial sea aprovechar la crisis para desconocer derechos básicos de los trabajadores.  Esto lo podemos advertir por los siguientes hechos y planteamientos:

•    Ante los medios de comunicación dirigentes empresariales han planteado la necesidad de flexibilización laboral y aprobación de un Código Laboral paralelo o transitorio, con políticas en detrimento de la clase trabajadora.
•    Suspensión de la vigencia de los Convenios Colectivos, lo que incide en la no aplicación de las cláusulas de mejoras salariales convencionales, ya acordadas en dichos convenios colectivos.
•    Suspender el ejercicio por parte de los trabajadores y los sindicatos de los Derechos Colectivos, como lo son la presentación de pliego de peticiones, negociación de Convenios Colectivos y el libre ejercicio del Derecho a Huelga.
•    Permitir unilateralmente, sin la intervención ni aprobación de los sindicatos ni los trabajadores, la rebaja de las jornadas ordinarias de trabajo. Consecuentemente, los salarios que podrían ser reconocidos a través del mecanismo horas trabajadas=horas pagadas.
•    Permitir la contratación bajo la modalidad de alquiler de mano de obra, bajo la figura de la tercerización, a través de contratos por tiempo definido con independencia de las funciones del trabajador.
•    Permitir al empleador la figura del supuesto retiro voluntario, licencia sin sueldo, pagar tiempo por tiempo y suprimir el pago de horas extraordinarias, lo que incluye la posibilidad de pagar menos del salario mínimo.

Resulta evidente que las propuestas de la patronal van dirigidas a la eliminación de derechos ya conquistados por el sector laboral y conlleva, como consecuencia, un aumento sostenido en la precariedad laboral y social. Todo parece indicar que hablamos de una nueva forma de esclavitud.

3-    EN SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL

Crece la preocupación por las infecciones por COVID-19. Los trabajadores y sus organizaciones enfrentamos enormes desafíos ante la pandemia del nuevo coronavirus y la urgente necesidad de proteger la seguridad y la salud en el trabajo. Más allá de la crisis inmediata, también existe la preocupación de reanudar la actividad de manera que se mantengan los progresos realizados en la supresión de la transmisión.

Para poder proteger a nuestros trabajadores se debe tomar en consideración los riesgos que conllevan el tele trabajo:

•    Aislamiento
•    Horas de trabajo excesivas
•    Desdibujamiento de las líneas entre el trabajo y la vida familiar
•    Eliminación de los límites entre el trabajo y la vida familiar
•    Existencia de cargas múltiples.  Además de las responsabilidades del trabajo,     tareas domésticas, cuidados a los miembros de la familia, maestros para los     niños, entre otras.
•    Frustración y aburrimiento
•    Trastornos musculo esqueléticos
•    Capacidad de trabajo disminuida
•    Capacidad reducida para seguir prácticas laborales estrictas
•    Posturas incómodas y forzadas
•    Factores asociados con duración mayor de la jornada laboral, mayor carga de trabajo y alta presión

El entorno doméstico a menudo no cumple las mismas normas de salud y seguridad del trabajo que las que observan los lugares de trabajo oficiales, en relación a instalaciones, equipos y entorno físico.  Aspectos como el calor, el frío, la iluminación, la seguridad eléctrica, la higiene del hogar, entre otros, deben ser considerados.

III.    PROPUESTA DE CONUSI

La ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT), entre sus observaciones para las medidas y manejo del COVID 19, destaca que las soluciones deben estar fundamentadas en el Diálogo Social y orientadas al apoyo de los trabajadores a fin de prevenir que se hundan aún más en la pobreza, por lo tanto, la propuesta de CONUSI, en el marco de la mesa tripartita.


1-    COMISIÓN SOCIO LABORAL.

No puede pedirse tranquilidad a una población trabajadora angustiada, confundida, insegura o con incertidumbres sobre su presente y su futuro, cuando se pretende disminuir sus derechos laborales y sindicales.

Para CONUSI, los resultados de cualquier diálogo social pasan por dar garantías de los derechos de la población en general y de los trabajadores en particular, prevaleciendo el derecho a la vida sobre cualquier otro. Nuestra propuesta se presenta a tres niveles: en el orden estructural, a mediano plazo e inmediatas.

1.1.    EN EL ORDEN ESTRUCTURAL

Al quedar reveladas, una vez más, las causas de la exclusión social y la desigualdad imperantes, es urgente construir una sociedad verdaderamente democrática, equitativa, participativa y con justicia social, en la que prevalezca la solidaridad humana y el respeto irrestricto a todos los derechos humanos, y se construya el Estado Nacional, con independencia y verdadera soberanía.   Una sociedad en la cual la vida humana esté por encima de cualquier otro criterio para organizarla.

Entre todos, debemos construir una real democracia, que dé respuesta a la pobreza, a la exclusión y a la ofensiva distribución de la riqueza, que garantice plenas libertades políticas, sindicales o gremiales; donde el pueblo sea partícipe de manera permanente en la toma de decisiones, estableciendo reales mecanismos de defensa y fiscalización de la gestión gubernamental. Todos ellos hoy más cercenados en medio del coronavirus.

El modelo neoliberal impuesto en Panamá desde hace cuatro décadas profundiza la inequidad y desigualdad social, por lo que se hace necesario desmontar todo lo que ello significa.  Garantizar un Estado participativo en la actividad económica, en el cual prevalece el interés público sobre el privado y lo social sobre lo particular, optando por la planificación como instrumento de la política económica.

Vamos a recuperar las identidades del hombre y la mujer en sus diversas manifestaciones, a través de grupos originarios, campesinos, afro-descendientes y de pobladores urbanos, que han ido forjando nuestra mezcla racial y que son parte de la identidad nacional, proporcionando respeto y calidad de vida.

Es urgente un proceso de trasformaciones estructurales en el ámbito económico, político, social y ecológico-ambiental.  Es decir, “…construir un Panamá, basado en relaciones sociales justas y equitativas que genere una base de producción material capaz de satisfacer las necesidades de vida de la colectividad, sustentada en un Plan Nacional de Desarrollo”.

No es posible seguir aplicando las fallidas políticas ejecutadas hasta el momento, que han resultado en el debilitamiento de las capacidades del país para enfrentar situaciones de riesgo y han ubicado al país en alto nivel de vulnerabilidad, en todos los campos.

Este debe ser el primer paso para encontrar una salida a la crisis actual: reconocer que es necesario cambiar la visión global del enfoque económico. Esto supone la ruptura con el neoliberalismo.

El enfoque económico ante la crisis debe romper con la lógica consumista y de crecimiento económico infinito a que nos ha sometido el neoliberalismo, que ha puesto en peligro el planeta, la existencia misma de la humanidad, debido a la depredación ambiental, y ha producido una concentración de la riqueza nunca antes vista, que impide que la mayoría de la gente tenga ingresos suficientes para satisfacer las necesidades más elementales para la vida, y que privatizó los servicios de salud, no priorizó la salud preventiva ni comunitaria, destruyó la salud pública, porque la salud, como el agua, la educación, etc. es vista  como una mercancía.

1.2.    MEDIDAS DE MEDIANO PLAZO

•    La inversión del sector público será lo que apuntale la recuperación económica. No se puede esperar que sea el sector privado el que lo haga, pero deberían al ser ellos los grades beneficiarios de un modelo económico que le ha permitido a 115 ultra millonarios acumular 20 mil millones de dólares que no se lo gastarán ni en esta vida ni en muchas vidas más
•    En el campo tributario, se requiere restablecer la progresividad del impuesto sobre la renta; el que gana más paga más. Atender la evasión fiscal, lo que implica fortalecer la oficina de auditoría y cobros. Esto, en conjunto con los ingresos provenientes del Canal de Panamá, debe apuntalar la base de financiamiento de las inversiones.
•    Lo anterior facilita que se salga de la estrategia con que se ha estado abordando la deuda pública, basada en el pagar deuda con más deuda, lo cual sangra al país por medio de los intereses que permanentemente lo convertimos en deuda, que tiende a estrangular las capacidades de financiamiento de las inversiones importantes.
•    Dar prioridad en la producción agropecuaria e industrial, orientada hacia la seguridad y autosuficiencia alimentaria, dentro de un enfoque de sostenibilidad ambiental. Control de las importaciones para estimular la producción nacional y garantía de compra de la producción a los productores.
•    Reformar la entidad que maneja las cuestiones financieras y monetarias del país. Nos referimos a la Superintendencia Bancaria. Esta entidad no puede ser dirigida por los bancos, que anteponen los intereses privados de los accionistas al de la colectividad.
•    Prioridad de la inversión social en salud, educación, agua potable, vivienda para sectores de bajos recursos, que han tenido que “quedarse en casa”, en una vivienda que no reúne las condiciones básicas de salud.
•    Política de precios y salarios que haga énfasis en mejorar la capacidad adquisitiva de los sectores de bajos recursos.

1.3.    MEDIDAS PARA EL RESCATE DE EMPRESAS

•    El Gobierno debe garantizar el cumplimiento de medidas condicionadas para el apoyo a las empresas, por medio de una supervisión efectiva, en la que deben participar los representantes de los trabajadores.
•    Que el Gobierno establezca el compromiso, por parte de las empresas, de garantizar el respeto a los derechos de los trabajadores, como condición para ser sujeto de rescates y otras medidas de reactivación.
•    Que el Gobierno establezca que las empresas, de la actividad económica (banca, industria, logística, servicios, agropecuarias, industriales, etc.), deben generar plazas de empleo en cantidades, como mínimo, las que iniciaron el año 2020, para poder ser consideradas como beneficiadas por las medidas de cualquier tipo que se establezcan para apoyar la reapertura de actividades en el país.
•    Los préstamos aprobados por el Ejecutivo que serán dirigidos para proveer y aumentar la liquidez de empresas, incluyendo bancos, serán reembolsados por todos los que pagamos impuestos en este país, lo que hace más que de justicia, que los trabajadores sean partícipes de los beneficios que se brindan, a través del respeto a sus derechos y el mejoramiento de sus condiciones materiales de vida.
•    Un conjunto de medidas de beneficio tributario para las empresas que, además, han sido extendidas otorgando mayores plazos de exoneración en pagos del impuesto sobre la renta, por ejemplo, y exenciones de paz y salvo del Tesoro Nacional y de la CSS, en la entrega efectiva de las cuotas obrero-patronales a la CSS, no han contemplado condiciones que beneficien también a los trabajadores como la recontratación y creación de nuevas plazas de trabajo, respetando los derechos laborales, con salarios dignos.
•    Que las medidas sean orientadas, principalmente, a favorecer la reactivación de las micro, pequeñas y medianas empresas que son las mayores generadoras de empleo en el país.

1.4.    MEDIDAS INMEDIATAS

•    Debe garantizarse a todos los trabajadores los ingresos necesarios que permitan satisfacer sus necesidades materiales de vida y la de su familia, alimentos, medicamentos, kits para combatir el virus, etc. De no hacerse estaríamos sometiendo a los trabajadores no a un cerco sanitario sino de hambre, como ha ocurrido en esta cuarentena.
•    A los trabajadores enfermos por el virus y aquellos que entren en cuarentena deben garantizárseles sus salarios íntegros. igual para los trabajadores del sector privado que se envíen a sus casas por teletrabajo y proveerles los equipos necesarios y las condiciones óptimas de trabajo y seguridad.
•    Los bancos, financieras, agencias de préstamos y entes crediticios como mueblerías no deben cobrar las mensualidades ni los intereses de hipotecas, préstamos personales ni otros, ni tampoco tarjetas de crédito durante el tiempo de la crisis.
•    A los trabajadores informales y desempleados garantizarle el bono solidario que debe cubrir mínimamente la canasta básica familiar (Bonos solidarios de B/.500.00 mensuales), lo que garantizaría por lo menos la canasta básica de alimentos.
•    La distribución de este bono debe estar alejado de toda politiquería.
•    Especial atención a trabajadores con familiares con alguna discapacidad y mujeres embarazadas no pueden ser despedidos ni suspendido sus contratos.
•    Debe brindarse protección a los trabajadores que se reincorporan al trabajo. Ello incluye transporte seguro y gratuito, garantizando la bioseguridad.
•    Los asegurados están cargando con la crisis sanitara, según el Sub director de la Caja de Seguro Social (CSS). El gobierno debe develar de qué manera esos recursos serán recuperados.
•    Exigimos transparencia en las contrataciones públicas en medio de esta situación y que éstas no se conviertan en negociados de amigos como ya se ha denunciado.
•    Se debe brindar a la población información precisa y sin engaños sobre la situación crítica que enfrentamos.
•    A los trabajadores de la salud que realizan una enorme faena y están sometidos a serios riesgos, se le deben brindar los insumos, equipos y seguridad.
•    Respetar los derechos laborales, los salarios y prestaciones e impedir los despidos. Si se adopta la modalidad de tele trabajo reconocerle a los trabajadores todos sus emolumentos, prestaciones, herramientas y condiciones de trabajo.
•    Impedir que, sacando ventajas de la situación, se flexibilicen las normas laborales para que los empresarios desplacen a trabajadores y profesionales panameños con mano de obra más barata, so pretexto de importar “talento” extranjero.
•    A todo trabajador formal e informal afectado y sus familias, que esté en cuarentena, garantizarle su sustento y alimentación.
•    Frenar la especulación y el alza de los insumos médicos, productos y alimentos de primera necesidad y sancionar ejemplarmente a quienes incurran en ello.
•    Consideramos prioritario el apoyo que se debe dar a las micro y pequeñas empresas que son las más vulnerables frente a esta crisis.
•    Ofrecer créditos blandos a pequeños productores y micro y pequeños empresarios para que no se vean afectado ante esta situación. Reducir los intereses bancarios.
•    Suspender o flexibilizar el pago de hipotecas, préstamos personales y tarjetas de crédito, así como impuestos de todo tipo y las cuentas de agua y luz durante el período que dure la crisis.
•    Evitar que la crisis sea aprovechada por los ultramillonarios, el capital financiero y grandes empresarios para seguir succionando los fondos públicos y asaltar los recursos del Estado, del Canal, de la CSS y del Fondo de Ahorro de Panamá.
•    El Gobierno debe promover un proceso de negociación para la condonación de la creciente deuda externa que asfixia las finanzas del Estado.

2.    PROPUESTAS EN LA COMISIÓN DE ASUNTOS LABORALES, ECONÓMICOS Y JURÍDICOS PARA EL TRABAJO Y PRESERVACIÓN DEL EMPLEO.

2.1.    MEDIDAS GENERALES

•    Que las partes en esta mesa tripartita de diálogo se comprometa a que las medidas y políticas laborales adoptadas durante y luego de la crisis sean discutidas y acordadas en el marco del diálogo social.
•    Que las relaciones bilaterales en las empresas entre trabajadores y empleadores se verifiquen con la participación de los sindicatos y evitar así la aplicación de medidas unilaterales por parte del empleador.
•    Que cualquiera modificación temporal de las normas laborales no pueden ni deben vulnerar derechos básicos y fundamentales del trabajador consagrados en la Constitución y en las leyes especiales.
•    Que el sector empresarial y el gobierno se abstengan de proponer reformas ni parciales ni totales al Código de Trabajo.
•    Que en la mesa tripartita se discuta y reevalúe el contenido de las normas laborales emitidas por el Ejecutivo en el marco de la crisis de salud y así adecuarla a los principios de respeto de los derechos básicos de los trabajadores y el ejercicio de la libertad sindical.
•    Establecer un procedimiento y programación para la reactivación cuanto antes de la justicia especial laboral, tanto en el Ministerio de Trabajo como en el Órgano Judicial.
•    Coordinar con el Ministerio de Trabajo el reinicio de las labores administrativa que permitan el ejercicio de los derechos colectivos a los trabajadores y a los sindicatos esto incluye las labores de la Dirección Nacional de Inspección.

2.2.    MEDIDAS INMEDIATAS Y ESPECIALES

•    Como principio rector de los acuerdos llegados en esta comisión, se debe establecer que no se recargará en los derechos de los trabajadores las medidas para enfrentar la actual crisis. 
•    Que los derechos colectivos serán respetados al igual que la vigencia del actual Código de Trabajo y Convenios Colectivos.
•    Discutir el cambio de modelo económico que ha generado y es el responsable de la exclusión y la desigualdad en nuestro país.
•    Garantizar a los trabajadores formales, informales y desempleados los recursos básicos que le garanticen una adecuada alimentación y medicina a todo el núcleo familiar, sin que se imponga represión policial, ni persecución el terrorismo judicial.
•    Que las medidas de carácter laboral a las cuales se llegue a acuerdos sean proporcionales, racionales, excepcionales y temporales, siempre resguardando los derechos básicos de los trabajadores.
•    Tomar en cuenta que Panamá, está obligada a respetar y hacer cumplir las normas internacionales del derecho y los Convenios de OIT, sobre todo en materia de libertad sindical, negociación colectiva y derecho a huelga, a pesar de la actual crisis de salud del COVID-19.
•    Que la política laboral que se acuerde en la comisión tenga como principal objetivo mantener las plazas de empleo, para lo cual el Gobierno Nacional debe establecer mecanismos de incentivos para que las empresas no reduzcan derechos a los trabajadores, ni realicen despidos masivos.
•    Ordenar por Decreto Ejecutivo el pago de los salarios a los trabajadores de los días Viernes Santo y el 1° de mayo de 2020.      
•    Iniciar la discusión en el seno de la comisión tripartita de la creación del Consejo Superior de Trabajo.
•    Que el Gobierno Nacional se comprometa a incorporar de inmediato a los trabajadores organizados a formar parte con derecho a voz y a voto en la Comisión Económica denominada “Para el día después”.

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, a través de la Resolución No. DM-150-2020 del 27 de abril de 2020, convoco una Mesa Tripartita de Dialogo por la Economía y el Desarrollo Laboral, y esboza dentro sus considerandos lo siguiente:

“Que la Comisión Tripartita de dialogo existente en nuestro país, auspiciada por la Organización Internacional del Trabajo, considero prudente que el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, convocara esta mesa de dialogo por la economía y el desarrollo de las relaciones de trabajo, con el fin de arribar a medidas consensuadas que permitan recuperar gradualmente las condiciones laborales existentes al momento que COVID 19 llego a nuestro país”

De igual manera, la referida Resolución señala en su articulo tercero, que esa mesa de dialogo debe acordar lineamientos para ejecutar acciones de carácter laboral en los siguientes seis meses como mínimo, y/o recomendaciones a las autoridades en el mismo sentido.
Posterior a la conformación de esta mesa de dialogo, el gobierno nacional, ha impartido medidas y políticas, en sentido incongruentes, con la razón de ser de la mesa de dialogo, como lo son:

•    Ministerio de Salud, dicta la Resolución 405 del 11 de mayo de 2020, que adopta “Lineamientos para el retorno a la normalidad de las empresas post – COVID -19 en Panamá”
•    Ministerio de Comercio e Industria, ordena la apertura gradual de la economía, y comunica que el 13 de mayo de 2020 se inicia con esta apertura a las actividades contempladas en el bloque No. 1.
•    Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, emite el Decreto Ejecutivo No. 96 de 15 de mayo de 2020, por el cual establece un proceso laboral especial temporal para la reapertura gradual de las empresas.

Estas regulaciones son elementos que presuponen un fracaso al dialogo convocado, toda vez que señalan la hoja de ruta, ya discutida y aprobada, sin considerar o valorar las propuestas que surjan de los sectores sociales.

3.    COMISIÓN RETORNO LABORAL Y SANITARIO

Debe prevalecer el principio universal de que las responsabilidades de salud y seguridad en el trabajo son claras y diferenciadas. Los empleadores son los responsables de un ambiente sano y seguro en el lugar de trabajo, los trabajadores coadyuvamos en el seguimiento de las normas y reglas de este.

La apertura de las actividades laborales debe estar fundamentada en hechos epidemiológicos y científicos claros y de dominio público. La economía no debe privar a la salud y seguridad de los trabajadores.

Frente a la reincorporación de la fuerza laboral, se debe comenzar por controles ambientales y de ingeniería, siendo primordial la reducción y eliminación de patógenos contaminantes. Después, se tomarán medidas administrativas que ayuden a mejorar los comportamientos riesgosos. Luego, se debe recurrir al equipo de protección personal y, además, se debe capacitar a los trabajadores sobre la manera correcta de utilizarlos y deshacerse de él.

Todos los empleadores deben evaluar los riesgos y asegurarse que sus lugares de trabajo cumplen de antemano con los estrictos criterios de seguridad y salud ocupacional, para minimizar el riesgo de la exposición de los trabajadores coronavirus. La seguridad y la salud de toda la fuerza laboral es primordial.

Sin tales controles, el riesgo real de un resurgimiento del virus, factor que ha sido minimizado por empresarios y gobierno. Poner en práctica las medidas necesarias minimizará el riesgo de una segunda ola de contagio contraído en el lugar de trabajo.

Las medidas de seguridad e higiene del trabajo no deberán implicar ninguna carga financiera para los trabajadores.

Todas las medidas, planes, programas y controles deben ser inspeccionados de manera riguroso por las autoridades y debe haber sanciones ejemplarizantes para las organizaciones que no cumplan.

3.1.      MEDIDAS PARA PREVENIR EL CONTAGIO

•    Revisión del puesto de trabajo para valorar el riesgo, utilizar la jerarquía de controles, entre los que se encuentran: rediseño del puesto de trabajo.
•    Distancia física, además de mantener la distancia adecuada, valorar el cambio en los turnos de trabajo, teletrabajo, realizar reuniones virtuales y rotación del personal (alternar presencia física y teletrabajo).
•    Higiene, fomentar un área de trabajo con una buena higiene respiratoria e inculcar a los trabajadores el hábito de lavado de manos las veces que sea necesario; para esto se debe proporcionar agua, jabón y gel antibacterial.
•    Limpieza, desinfección periódica de áreas comunes como baños o comedores y mantener el área de trabajo limpia y desinfectada.
•    Formación y comunicación: enseñar sobre las nuevas medidas que se adoptarán para combatir el Covid-19 e informar sobre el derecho de la interrupción de una situación laboral que ponga en peligro la salud de los trabajadores.
•    Brindar a todos los trabajadores equipos de protección personal: mascarillas, guantes y, de ser necesario, un puesto de alto riesgo.
•    Establecer mecanismos de respuesta.  Disponer el aislamiento de toda persona que desarrolle síntomas de la COVID-19 en el lugar de trabajo: desinfectar adecuadamente el lugar de trabajo, proporcionar vigilancia sanitaria a las personas que hayan estado en estrecho contacto con el trabajador infectado.
•    Establecer, previo al inicio de labores o el primer día de reincorporación al puesto de trabajo, un proceso de capacitación, a todos los trabajadores y trabajadoras, sobre las nuevas reglas, normas y protocolos sobre el COVID-19, que permitan garantizar la salud y vida de los trabajadores. La capacitación debe ser por grupos pequeños que permitan el distanciamiento entre ellos, y en espacio adecuado.

3.2.     MEDIDAS INMEDIATAS

•    Un especialista en el ámbito de salud y seguridad ocupacional idóneo debe realizar el plan de contingencia para la prevención del covid-19 adecuado a cada empresa. Se le debe dar continuidad y seguimiento al plan.
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Enviado el Viernes, 29 mayo a las 15:17:42 por franckoi
 
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