Genaro López ( CONUSI )
Fecha Lunes, 22 noviembre a las 08:58:20
Tema Frenadeso Nacionales


Gobierno violenta el derecho a la vivienda
Desde Frenadeso nos hemos pronunciado contra los desalojos y el hacinamiento habitacional.








En las últimas semanas el gobierno de Martinelli ha incrementado los desalojos forzosos de la población, empleando la represión, el lanzamiento nocturno y el no respeto del debido proceso. Los casos de San Felipe, Villa Marta en la 24 de Diciembre (donde una monja salió en defensa de cuatro niñas que se encontraban en la vivienda, puesto que los padres habían sido retenidos), y Vista Alegre en Arraiján, son ejemplos de ello.

Anteriormente, en septiembre, unas 48 familias residentes de los edificios 7024 y 7026 en Colón, fueron desalojadas por parte de Guillermo Sáez Llorens, director de la CSS. En marzo, medios de comunicación reportaron un desalojo violento de 54 familias en la comunidad de La Esmeralda en Chilibre; este caso se relacionó con intereses personales de la familia del alcalde Bosco Vallarino. Por su parte, a ello, las autoridades del BHN han actuado de manera similar en las áreas de El Chorrillo y Los libertadores, entre otros.

En Panamá el déficit habitacional supera las 150 mil unidades de vivienda, solo la provincia de Panamá, demanda aproximadamente unas 50 mil unidades, lo que evidencia que el crecimiento de la construcción ha estado dirigido a viviendas de lujos y centros comerciales.

Las posibilidades de acceso de la población pobre a una vivienda digna son nulas, en la medida en que los requisitos para acceder al crédito hipotecario o para accesar a una vivienda de alquiler no los llenan.

Los llamados programas de gobierno en esta materia (Fondo Solidario de Vivienda, PARVIS, etc.), no cubren a la población que devenga salario mínimo, a los informales, a los eventuales o por contrato definido, y a los que no tienen ingreso fijo o sencillamente no reciben ingreso. El gobierno, también ha fallado en su política de garantizar que las llamadas ‘viviendas de interés social’ reúnan los estándares de calidad en cuanto a tamaño de la construcción y la calidad de los materiales.

El derecho a la vivienda es un derecho humano básico. Un techo inadecuado e inseguro amenaza la calidad de vida de los individuos, atentando directamente contra su salud física y mental. La violación del derecho a la vivienda niega la posibilidad de una vida digna, principio recogido en el derecho internacional, a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

La vivienda en un Estado Social y de Derecho no puede ser simplemente un bien más del mercado. Una parte de la acción y de los recursos públicos deben destinarse a facilitar el acceso de todos a una vivienda digna.

Las personas sin recursos, para acceder a una vivienda en alquiler o propiedad, se encuentran actualmente en una situación de desprotección, sin ningún derecho que pueda ser exigido legalmente ante las administraciones públicas. Por ello, el derecho a resistirse a los desalojos, cuando se carece de recursos económicos, se constituye en un nuevo derecho de protección social.

Ningún gobierno ha puesto las áreas revertidas o recursos provenientes del Canal a disposición de resolver el problema habitacional del pueblo, a pesar de que fue éste quien ofrendo su vida en aras de alcanzar la reversión a manos panameñas.

Desde Frenadeso nos hemos pronunciado contra los desalojos y el hacinamiento habitacional. Propugnamos por el respeto a la vivienda digna de los pobladores, que garantice su seguridad de la tenencia, disponibilidad de servicios (agua potable, electrificación) e infraestructura (calles, veredas, aceras), posibilidad de manutención (costo y financiamiento), habitabilidad, accesibilidad, ubicación, adecuación cultural, acceso a saneamiento, durabilidad de la unidad habitacional, área suficiente para vivir.

Debe incluirse además el acceso a servicios de salud, trabajo y transporte. Igualmente, por el cumplimiento de los indicadores internacionales de vivienda adecuada: servicios básicos, precio cónsono con los niveles de ingreso de la población, dimensiones, cantidad y calidad suficiente y adecuada. Por el carácter justiciable, o sea, la posibilidad de presentar recursos del derecho interno al derecho a una vivienda adecuada.

*SECRETARIO GENERAL DE CONUSI — FRENADESO.





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